viernes, 18 de septiembre de 2020

Confesión Ficta

Es la presunción de que los hechos demandados son ciertos, en razón de que el demandado no ha comparecido al acto de contestación, si en el término probatorio nada ha probado que le favorezca y la petición de actos no sea contraria derecho. La naturaleza de esta figura es ser una sanción, solamente aplicable por disposición expresa. 

“Se tendrá por confesa en las posiciones que la parte contraria haga legalmente en presencia del Tribunal, a la que se negare a contestarlas, a menos que al absolvente, por su propia determinación, se niegue a contestar la posición por considerarla impertinente, y así resulte declara por el Tribunal en la sentencia definitiva…." Art. 412 del Código Procedimiento Civil


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Sentencias de la Confesión Ficta

Sentencia 1 (Que el demando no dieran contestación  a la demanda) En relación a lo ajustado a derecho que pudiera encontrarse la petición de...